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¿Cómo puedo beneficiarme de los descuentos a las multas de tránsito?

Tiempo estimado de lectura: 1 min read

Jhony tiene tres comparendos que acumuló desde que compró su motocicleta, él no se ha podido poner al día porque no tiene el dinero suficiente. Sin embargo, se enteró que el gobierno está dando oportunidades de pago para multas de tránsito por medio de una nueva ley que entró en vigencia.

Para este y otros casos similares donde se quiera acceder al beneficio de descuentos en multas de tránsito debe dirigirse a la  secretaría de transito de su municipio para un acuerdo de pago el cual podrá ser cancelado a través del sistema integrado de información de multas y sanciones por infracciones de tránsito (simit).

¿Qué hacer?

1. Para tener un acuerdo de pago tendrá que presentarse en el Organismo de Tránsito correspondiente en su ciudad.

2. Si quiere realizar el pago en internet debe tener claros cuáles son sus comparendos y el monto, lo anterior lo puede consultar en la página simit.org.co. en ‘consulta de infracciones’. Ingrese el tipo de documento, el número y el código de verificación. Allí podrá conocer cuáles son las infracciones y el valor que debe pagar.

3. Realizar el pago en línea desde la misma página del Simit, a través del botón pagos en Línea. Se pedirá su documento de identidad y otro código de verificación. Seleccionar la multa que quiere pagar y dar clic en el botón azul de ‘PSE’. La página lo guiará paso a paso para ingresar a su banco y pagar el valor de la multa. Confirmado el monto pagado, el sistema dará un comprobante que puede descargar como constancia del pago realizado.

Dondé Acudir

–  SECRETARÍA DE TRANSITO DE SU MUNICIPIO
– SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO (SIMIT)​

Tenga en cuenta

– Los morosos que en el momento tienen un cobro coactivo pueden realizar un acuerdo de pago con su multa y acogerse al beneficio.

– Los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito anteriores al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago:

A) Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.

​B) Entre los cuatro (4) Y los ocho (8) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.

C) Entre los ocho (8) y los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 80% del capital sin intereses de mora.

– Esta condición especial de pago no se aplica para el pago de multas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.

– Puede realizar el pago a través de Pagos Seguros en Línea o PSE a través de el Sistema Integrado de Información de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito o Simit.

Updated on octubre 25, 2024
¿Qué hacer para controvertir una decisión de una entidad pública que me es desfavorable?

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